El GCBA pide respetar el Fallo Levinas que da más poder al TSJ porteño
"La Corte Suprema fue clara y contundente: terminemos de una vez con el “inmovilismo” y avancemos con las transferencias pendientes para concretar una autonomía plena de la Ciudad de Buenos Aires", dijo el ministro de Justicia porteño Gabino Tapia.
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires pidió que se respete el Fallo Levinas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), el cual da más poder al Tribunal Superior de Justicia porteño (TSJ), máxima instancia judicial local.
El fallo, emitido en diciembre, establece que el TSJ es el órgano encargado de intervenir en los recursos extraordinarios que se presenten en la Justicia Nacional Ordinaria.
El ministro de Justicia porteño Gabino Tapia dijo este sábado: “Los fallos están para cumplirse. La Corte Suprema fue clara y contundente: terminemos de una vez con el “inmovilismo” y avancemos con las transferencias pendientes para concretar una autonomía plena de la Ciudad de Buenos Aires, tal como lo dispone la Constitución Nacional”.
Cuando se dio a conocer el fallo, el jefe de Gobierno de la CABA Jorge Macri había dicho: “Este reconocimiento nos pone en igualdad con el resto de las provincias y representa un paso clave en la consolidación de nuestra autonomía”.
El viernes, la Procuración General de la Nación solicitó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que suspenda la aplicación de lo decidido en el Fallo Levinas.
El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, expresó que “el Ministerio Público Fiscal se vería impedido de cumplir con sus funciones legales y constitucionales en los procesos que tramitan ante el fuero nacional, en detrimento de los intereses por los que tiene que velar”, indicó el Ministerio Público Fiscal de la Nación.
“Frente a tales condiciones, el temperamento adoptado por la Corte en la sentencia in re “Ferrari c/ Levinas”, en lo que concierne a las facultades de este Ministerio Público, exige un acto normativo adicional que resuelva o modifique, de modo legalmente eficaz, la inhabilidad para actuar ante los magistrados locales. De otro modo, la resolución del Tribunal tendría como resultado el de impedir el ejercicio de las funciones que el artículo 120 de la Constitución Nacional, y las leyes que le Congreso de la Nación ha dictado en su consecuencia, atribuyen a este Ministerio Público Fiscal de la Nación”, señaló.