Anularon la causa por el viaje a Lago Escondido y sobreseyeron a Mahiques, D’Alessandro y los jueces
El magistrado concluyó que hubo sobre quienes viajaron "una actividad de seguimiento irregular que contó con la intervención de una Fuerza de Seguridad y otros organismos del Estado".
El juez federal Sebastián Ramos anuló lo actuado y dispuso el sobreseimiento de todos los involucrados en la causa por el viaje hecho en octubre de 2022 por jueces, funcionarios porteños y empresarios a la estancia del ciudadano británico Joe Lewis en Lago Escondido, Bariloche. Se pedía investigarlos por los presuntos delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, admisión de dádivas y posible cohecho agravado de magistrados y/o tráfico de influencias agravado.
El magistrado concluyó que hubo sobre quienes viajaron “una actividad de seguimiento irregular que contó con la intervención de una Fuerza de Seguridad y otros organismos del Estado” y ello deriva en la nulidad de la causa.
Esta causa involucraba a los jueces Julián Ercolini, titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal Nº 10; Carlos Mahiques, juez de la Cámara Federal de Casación Penal; Pablo Yadarola, juez del Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 2; Pablo Cayssials, juez del Juzgado Nacional de 1º instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 9; Juan Bautista Mahiques, actual Fiscal General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Marcelo D’Alessandro, exministro de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires.
Ramos sostuvo que existió una “actividad de seguimiento irregular” y que existe un límite para meterse en la vida privada de las personas: “Para evitar excursiones de pesca sancionables con la nulidad absoluta. No existen indicios de la comisión de un delito ni prueba alguna que permita dar apoyatura a dicha hipótesis y, por el contrario, se trata de acciones que deben quedar exclusivamente reservadas al ámbito de privacidad de los individuos”, sostuvo.
“La cuestión que trasunta esta investigación vuelve a dejar al descubierto un complejo entramado de prácticas que deben ser analizadas estrictamente bajo la órbita de la protección de las garantías constitucionales. Aquí corresponde hacer especial hincapié, pues ha quedado demostrado en autos que existió una actividad de seguimiento irregular que contó con la intervención de una Fuerza de Seguridad y otros organismos del Estado, y que las intromisiones injustificadas que formaron parte de ese accionar ilegal derivaron en la vulneración del derecho a la privacidad de quienes han sido denunciados. Fue como resultado de esa maniobra ilícita que se produjo información, que fue brindada públicamente por redes sociales -tal como fuera el caso analizado del comunicado emitido por ambas concejalas de Bariloche y El Bolsón o la imagen del manifiesto de vuelo publicado en Twitter-, y que terminó dando lugar a notas periodísticas replicadas en diversos medios”, agregó, consigna Infobae.
El viaje ocurrió en octubre del año pasado y se dio a conocer más tarde a través de una filtración de presuntos chats entre los involucrados. Se dio a conocer previo a que se diera a conocer la condena de la exvicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner en la causa vialidad.
En los chats se exponía la presunta intención de coordinar entre los integrantes del vuelo privado una versión para negar las presuntas dádivas.
El exministro de Seguridad porteño, apenas se divulgaron, denunció que estaban adulterados. También dijo que le duplicaron la tarjeta SIM para acceder a los mismos. Por este motivo, el funcionario estuvo varios meses de licencia y luego renunció.
En cuanto a la causa, primero la fiscalía de Bariloche imputó a los involucrados. También imputó a Jorge Rendo, CEO del Grupo Clarín; Pablo Casey, director de Asuntos Legales e Institucionales de Telecom/Clarín; Nicolás Van Ditmar, administrador del inmueble de Lago Escondido perteneciente a Joe Lewis; Leonardo Bergroth, exdirector de asuntos jurídicos de la entonces Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE); y Tomás Reinke, publicista especializado en publicidad digital y política; por ofrecimiento de dádivas en los términos del art. 258 del Código Penal.
Al tiempo, la Cámara Federal de Casación Penal estableció que se debía investigar en Comodoro Py, así pasó al juzgado de Ramos, el cual rechazó admitir a organismos del Estado (AFIP y el Ministerio de Justicia) como querellantes.
“El escrito solicita que se investiguen, entre otros hechos, las resoluciones judiciales favorables al Grupo Clarín y al empresario británico Joe Lewis dictadas con posterioridad al viaje a Lago Escondido por uno de los jueces federales que integró la comitiva, así como el intento de manipular medios de comunicación y periodistas para ocultar su accionar ilícito”, explicaba el ministerio en un comunicado de abril de este año.
“Particularmente, el escrito señala “las resoluciones judiciales favorables al Grupo Clarín dictadas por el Juez Cayssials con posterioridad al viaje a Lago Escondido”, para beneficiar de forma directa al grupo empresarial en el que Jorge Rendo y Casey se desempeñan como directivos. La presentación también señala que el juez federal Ercolini omitió inhibirse en la causa penal en la que se investiga al ex ministro del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Marcelo D’Alessandro, por sus relaciones espurias con Silvio Robles, vocero del presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti”, según decía el ministerio en ese entonces.