Boedo: acuerdo entre vecinos y el GCBA por la obra Calle Verde Castro
Vecinos del barrio de Boedo (Comuna 5) comunicaron que hubo acuerdo con el Gobierno porteño, el cual contempló los cambios sugeridos por la ciudadanía para el proyecto Calle Verde Castro, a implementar entre Independencia y San Juan. Se propone ensanchar la vereda para incluir áreas parquizadas. Los ciudadanos rechazaban la propuesta de reducir varios carriles porque aseguraban que iba a perjudicar la movilidad en toda la zona aledaña. Ante el primer proyecto elaborado por el GCBA, el cual formó parte del diseño de la licitación pública lanzada en noviembre (foto que ilustra esta nota), los vecinos hicieron una propuesta con más espacio para la circulación vehicular, sin por ello limitar la instalación de canteros. Soledad Gioia, paisajista y vecina, señaló esta semana que se [...]
Vecinos del barrio de Boedo (Comuna 5) comunicaron que hubo acuerdo con el Gobierno porteño, el cual contempló los cambios sugeridos por la ciudadanía para el proyecto Calle Verde Castro, a implementar entre Independencia y San Juan. Se propone ensanchar la vereda para incluir áreas parquizadas.
Los ciudadanos rechazaban la propuesta de reducir varios carriles porque aseguraban que iba a perjudicar la movilidad en toda la zona aledaña.
Ante el primer proyecto elaborado por el GCBA, el cual formó parte del diseño de la licitación pública lanzada en noviembre (foto que ilustra esta nota), los vecinos hicieron una propuesta con más espacio para la circulación vehicular, sin por ello limitar la instalación de canteros.
Soledad Gioia, paisajista y vecina, señaló esta semana que se acordó con las autoridades mantener dos metros de vereda con baldosas a la salida de las viviendas y que haya vegetación nativa en las áreas parquizadas.
También se avaló mantener un carril de estacionamiento y dos carriles de circulación vehicular, consigna Qué te pasa Buenos Aires (FM Asamblea).
Los vecinos tenían pensado iniciar acciones legales a fin de detener el proyecto original del GCBA. Con los cambios aprobados, sostienen que no lo harán.
Fuentes oficiales detallaban en el llamado a licitación: “La obra objeto de la presente Licitación consiste en la revalorización de la calle Castro, ampliando la superficie verde y peatonal, mejorando las condiciones ambientales del entorno a través de la incorporación de nuevos espacios verdes que servirán para retener el agua de lluvia y, de esta forma, colaborar con el sistema pluvial de la ciudad, evitando su saturación y la inundación de las zonas bajas de la cuenca”.
“En ese sentido, cabe señalar que el proyecto propone adecuaciones viales que favorecen el orden de la diversidad de usuarios a través de la redistribución de superficies de acera y calzada, la demarcación y la incorporación de superficies verdes y/o absorbentes”, suman en el GCBA.
EDICTO
La Sra. Juez de Primera Instancia y 2da. Nominación de la ciudad de Río Cuarto, Secretaría N° 4 en los autos caratulados: SAC 12754508 – “MARTINEZ, YANINA ALEJANDRA – USUCAPION” ha dictado la siguiente resolución: RIO CUARTO, 14/10/2024. Agréguese el comprobante de pago acompañado. Téngase por iniciada la presente demanda declarativa de usucapión, a la que se le imprimirá el trámite de juicio ordinario, en contra de los sucesores de la Sra. María Angélica Lloveras de Pinto y/o todo aquel que se considere con derecho sobre el inmueble que se describe como: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, individualizado según datos de Catastro con el N° 2405520402259005, empadronado en la Dirección General Rentas bajo el número de cuenta 240522031501. Cítese al/los demandado/s para que en el término de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía, por edictos en el Boletín Oficial y diario local, para que en el plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimiento de ley, haciéndose saber que el plazo de comparendo se computará a partir de la fecha de la última publicación. Los edictos se publicaran por diez veces en un periodo de treinta días. Asimismo, atento el último domicilio de la titular registral deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y en un diario de circulación del mismo lugar, por diez días a intervalos regulares en un período de treinta días (art. 783, 783 BIS y 783 TER del CPCC). De la misma manera, cítese y emplácese a los colindantes y/o sus sucesores, Sres. López Héctor Hugo y Sra. María Adela Matilde Lloveras, en calidad de terceros, para que en igual término comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Todo ello, sin perjuicio de la citación al domicilio de quienes el mismo sea reconocido o haya sido denunciado. Dése intervención al Sr. Procurador del Tesoro, como representante legal de la Provincia y a la Municipalidad de Rio Cuarto. Líbrese oficio al Sr. Oficial de Justicia, a fin de que dicho funcionario disponga la instalación en un lugar visible de un ejemplar del edicto citatorio en la Municipalidad del lugar donde se asienta el inmueble que se pretende usucapir, como así mismo, constate la colocación de un cartel indicativo en el inmueble en cuestión con las referencias necesarias a cerca de la existencia del presente juicio (art. 786 CPC). Téngase presente la prueba ofrecida en la etapa procesal oportuna. Procédase a recaratular las presentes actuaciones. Notifíquese. FDO: LUQUE VIDELA María Laura: JUEZ/A DE 1RA. INSTANCIA.TORASSO Marina Beatriz: SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA. IDENTIFICACION DEL INMUEBLE: parcela ubicada en departamento Rio Cuarto, Pedanía Rio Cuarto, Municipio Rio Cuarto, Dirección calle Guayaquil S/N, designado como Lote 102, manzana 259, que responde a la siguiente descripción: Polígono de cuatro lados que partiendo del vértice “A” con un rumbo de 104°01’, y un ángulo en dicho vértice de 90°00’ y una distancia de 10,00m (lado A-B) llegamos al vértice “B” a partir de B, con un ángulo interno de 90°00´, lado B-C, de 50,00m; a partir de C, con un ángulo interno de 90°00’, lado C-D, de 10,00m; a partir de D, con un ángulo interno de 90°00’, lado D-A de 50,00m; encerrando una superficie de 500 m2. Y linda con: lado A- B con calle Guayaquil, lado B-C con Parcela 06 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.151/9, lado C-D con parcela 37 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 cta N°: 24-05-2.203.182/9, lado D-A con parcela 38 de: López Héctor Hugo Matricula N°: 363.176 Cta. N° 24-05-2.203.183/7 y con Parcela 04 de: Sucesión Indivisa de María Adela Lloveras, Dominio F°: 14.161 / A°: 1.975 Dominio F°: 26626 / A°: 1.974 Cta N°: 24-05-2.203.149/7.






