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Foto: GCBA

Este jueves aumenta la tarifa de taxi un 50%, la próxima suba será en noviembre

Desde el 1 de agosto la bajada de bandera diurna costará $1.280.

Publicado el 31 de julio de 2024|
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El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estableció que desde la medianoche del jueves 1 de agosto la tarifa para la explotación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro aumentará un 50%, en el marco de una suba escalonada que tendrá un segundo incremento del 50% el 1 de noviembre.

Los considerandos del Decreto N° 278, publicado este miércoles, exponen: “A la fecha, la tarifa que resulta aplicable al Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro se encuentra fijada por el Decreto 86/24, en el valor de pesos ochenta y cinco con cuarenta centavos (85,40) la ficha diurna y de pesos ciento dos con cincuenta centavos ($ 102,50) la ficha nocturna; Que en este sentido, se observó una desactualización de las tarifas diurnas y nocturnas generada por los incrementos en los insumos y costos involucrados, lo cual repercute negativamente en la ecuación económica financiera de la actividad”

Tras una Audiencia Pública celebrada en junio, se estableció que “corresponde aplicar el aumento programado, que será implementado en dos etapas: la primera de un cincuenta por ciento (50%) a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de agosto de 2024, y la segunda de un cincuenta por ciento (50%) a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de noviembre del corriente año”.

“Se estima un aumento del valor de la ficha diurna en pesos ciento veintiocho ($128) y del valor de la ficha nocturna en pesos ciento cincuenta y cuatro ($154) a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de agosto de 2024, y un aumento, del valor de la ficha diurna en pesos ciento noventa y dos ($192), y del valor de la ficha nocturna en pesos doscientos treinta ($230) a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de noviembre del corriente año, en virtud de las previsiones del artículo 12.5.3 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, lo cual restablecería razonablemente la ecuación económica de la actividad”, agregó el GCBA.

Desde las 00.00 del 1 de agosto regirán los siguientes valores:

Valor de la ficha: Pesos ciento veintiocho ($128)

Bajada de bandera: diez (10) fichas, es decir, pesos mil doscientos ochenta ($1.280).

Por cada doscientos metros (200 m.) recorridos: una (1) ficha, es decir, pesos ciento veintiocho ($128).

Por cada minuto de espera: una (1) ficha, es decir, pesos ciento veintiocho ($128).

Equipaje: Equipaje de mano y una (1) valija o un (1) bulto menor de 0,90m x 0,40m x0,30m, su transporte es gratuito.

Por cada bulto adicional: cinco (5) fichas, es decir pesos seiscientos cuarenta ($640).

Tarifa nocturna a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01de agosto de 2024:

Conforme lo dispuesto en los artículos 12.5.3 y 12.5.3.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la tarifa nocturna que rige entre las 22:00 y hasta las 06:00 horas del día siguiente, tendrá un incremento del 20% por ciento sobre la tarifa diurna, quedando establecida en los siguientes valores:

Valor de la ficha: pesos ciento cincuenta y cuatro ($154).

Bajada de bandera: diez (10) fichas, es decir, pesos mil quinientos cuarenta ($1.540).

Por cada doscientos metros (200 m.) recorridos: una (1) ficha, es decir, pesos ciento
cincuenta y cuatro ($154).

Por cada minuto de espera: una (1) ficha, es decir, pesos ciento cincuenta y cuatro
($154)

Equipaje: Equipaje de mano y una (1) valija o un (1) bulto menor de 0,90m x 0,40m x
0,30m, su transporte es gratuito.

Por cada bulto adicional: cinco (5) fichas, es decir pesos seiscientos cuarenta ($640).

También se estableció en el mismo Decreto la tarifa para la explotación del Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, la que regirá a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de noviembre de 2024, con los siguientes valores:

Valor de la ficha: pesos ciento noventa y dos ($192).

Bajada de bandera: diez (10) fichas, es decir, pesos mil novecientos veinte ($1.920).

Por cada doscientos metros (200 m.) recorridos: una (1) ficha, es decir, pesos ciento
noventa y dos ($192).

Por cada minuto de espera: una (1) ficha, es decir, pesos ciento noventa y dos ($192)

Equipaje: Equipaje de mano y una (1) valija o un (1) bulto menor de 0,90m x 0,40m x 0,30 m, su transporte es gratuito.

Por cada bulto adicional: cinco (5) fichas, es decir pesos novecientos sesenta ($960)

Tarifa nocturna a partir de las 00:00 (cero) horas del día 01 de noviembre de 2024:

Conforme lo dispuesto en los artículos 12.5.3 y 12.5.3.2 del Código de Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la tarifa nocturna que rige entre las 22:00 y hasta las 06:00 horas del día siguiente, tendrá un incremento del 20% por ciento sobre la tarifa diurna, quedando la misma establecida en los siguientes valores:

Valor de la ficha: Pesos doscientos treinta ($230).

Bajada de bandera: diez (10) fichas, es decir, pesos dos mil trescientos ($2.300).

Por cada doscientos metros (200 m.) recorridos: una (1) ficha, es decir, pesos doscientos treinta ($230).

Por cada minuto de espera: una (1) ficha, es decir, pesos doscientos treinta ($230).

Equipaje: Equipaje de mano y una (1) valija o un (1) bulto menor de 0,90m x 0,40m x 0,30m, su transporte es gratuito.

Por cada bulto adicional: cinco (5) fichas, es decir pesos novecientos sesenta ($960).

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