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Foto: Página 12

Parque Patricios: la Justicia detuvo el desalojo de una huerta en el Parque Vuelta de Obligado

Este espacio funciona desde hace tres décadas y articula acciones con escuelas, el INTA y la UBA.

Publicado el 2 de octubre de 2024|
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La justicia porteña suspendió mediante una medida precautelar el desalojo de una histórica huerta comunitaria ubicada en el Parque Vuelta de Obligado, en Parque Patricios (Comuna 4). Se llama Huerta de Garay y se ubica en Garay al 2200 desde 1991.

La huerta lleva más de 30 años realizando actividades y talleres en conjunto con escuelas, el INTA y la UBA.

Personal del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana se presentó en la huerta en agosto de este año para notificar el desalojo. El 16 de septiembre, pero los vecinos que gestionan la huerta resistieron y obtuvieron una prórroga.

La comunidad de la huerta acudió a la Justicia con apoyo del Ministerio Público de la Defensa. “En el expediente, el Defensor Oficial Pablo De Giovanni señala que la articulación de la huerta comunitaria con el INTA, el reconocimiento en distintas ocasiones por el GCBA y las actividades que realiza, propicia la consolidación de un polo de inclusión social comunitaria”, indica el MPD.

La jueza María Alejandra Villasur, titular del Juzgado Nº 18 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad, ordena al GCBA que “se abstenga de desalojar la huerta orgánica hasta tanto se remitan las actuaciones administrativas requeridas y el tribunal resuelva acerca de la procedencia de la medida cautelar peticionada”.

La jueza argumentó en su resolución que “de concretarse la ejecución de la medida expulsiva, podría mediar la pérdida de la flora existente y el trabajo llevado a cabo durante años por la comunidad, sin dejar de apreciar la posible afectación al bien social que se provocaría respecto de la actividad que allí se vendría desarrollando de manera sostenida”. A su vez, resaltó que la huerta ha trabajado en estos años con “la intervención, sostenida en el tiempo, de diferentes órganos estatales –locales y nacionales– vinculados con el emprendimiento” consigna Página 12.

La comunidad de la huerta busca la regularización del permiso del lugar y sostener el espacio, amparados en lo que plantea la Ley N°6.377 de Promoción y Difusión de las Prácticas de Agricultura Urbana

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