Refrendan la Ley que condona deudas a los vecinos afectados por el derrumbe en Caballito
Alcanza a las unidades funcionales del inmueble sito en la Avenida Pedro Goyena N° 555.
Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires la Ley N° 6716 recientemente sancionada por la Legislatura porteña para condonar deudas “del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva de los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, correspondiente a las unidades funcionales del inmueble sito en la Avenida Pedro Goyena N° 555”, víctimas de un derrumbe ocurrido a principios de febrero.
“- Se eximen a las unidades funcionales del inmueble sito en la Avenida Pedro Goyena N° 555 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, detalladas en el Anexo I, de la obligación de pago del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva por los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, correspondiente a las Cuotas Nros. 05 a 12/2024”, expone el artículo segundo de la Ley.
“Los eventuales pagos imputados a las cuotas que se condonan por la presente, o al pago anual del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa Retributiva por los Servicios de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Mantenimiento y Conservación de Sumideros, correspondientes al ejercicio fiscal 2024, serán reintegrados a los contribuyentes y/o responsables de las unidades funcionales del inmueble mencionado en el artículo 1° (el inmueble sito en la Avenida Pedro Goyena N° 555), exceptuándose a estos de la verificación de la existencia de deuda tributaria”, agrega el siguiente artículo.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos es la autoridad de aplicación de la presente Ley y establece el procedimiento y otros requisitos necesarios para la aplicación del beneficio.
El 8 de febrero se derrumbó la pared de una obra en construcción y consecuencia de ello se vino abajo el PH lindero, en Goyena 555. Los vecinos del PH habían presentado quejas ante los organismos de control del GCBA, pero la obra no fue clausurada. También impulsaron un amparo, pero fue desestimado poco tiempo antes del siniestro.
Un comunicado de la Defensoría del Pueblo de la CABA sostuvo: “Desde principios del año 2023, esta Defensoría había advertido al GCBA sobre irregularidades en la obra en construcción, por requerimiento de los vecinos del edificio colapsado, solicitando en cuatro instancias distintas que se corroboraran las medidas de protección hacia terceros, la integridad estructural de ambas construcciones y actuar en consecuencia. Resulta preocupante que en la última inspección llevada a cabo en diciembre del año pasado, la empresa constructora fuera advertida de que debía ajustar la memoria de excavación acorde a la forma en que se estaban ejecutando los trabajos, ya que difería de lo presentado. Desafortunadamente, las medidas de control adoptadas por el GCBA han sido insuficientes para impedir que este tipo de tragedias se repitan, en un contexto de crecimiento desmedido del negocio inmobiliario en la Ciudad de Buenos Aires, donde la supervisación de la seguridad de las obras no pareciera llevar el mismo ritmo que el de la industria de la construcción. Deseamos acompañar a las víctimas y a sus familiares en este momento, y reiterar la necesidad de planificar, analizar y supervisar los proyectos de edificación durante todas las etapas de construcción. La seguridad de los ciudadanos no puede seguir siendo comprometida por la falta de control y el no respeto a la aplicación de las normativas vigentes”.